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Estructura Orgánica

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Estructura OrgÁnica
DESCRIPCIÓN Fuente Legal Enlace
La Asamblea General de los Socios, compuesta de los socios activos, es el organismo encargado de mantener la vigencia de los objetivos de la Corporación y conocerá y resolverá acerca de la Memoria y Balance que deberá presentar el Directorio. DECRETO 1528 QUE APRUEBA ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN DE EDUCACIÓN Y SALUD DE LAS CONDES; ( artículo undecimo ) pdf
El Directorio tendrá las sigueintes atribuciones y deberes: a) dirigir la Corporación  y Administrar sus bienes; b) citar a la Asamblea General Ordinaria de Socios y a las Extraordinarias,, cuando sea necesario o lo pidan por escrito las dos terceras partes de lso socios activos indicando su objeto; c)Interpretar  el Estatuto y dictar los reglamentos que estime necesario para la mejor marcha de la Corporación; d) Organizar los servicios que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos, como también contratar los servicios de otras entidades publicas o privadas. Por medio de estos servicios la Coporación elaborará y llevará a ejecución los planes y programas de cooperación al desarrollo social de su comuna; e) Rendir cuenta por escrito ante la Asamblea general Ordinaria de Socios de la inversión de los fondos y de la marcha de la Corporación durante el periodo en que ejerza sus funciones; f) Delegar en el Presidente, en uno o más Directores, ya sea separada o conjuntamente o en el Director General de Salud, Director General de Educación o Secretario General, según proceda, las facultades económicas y administrativas de la Corporación. DECRETO 1528 QUE APRUEBA ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN DE EDUCACIÓN Y SALUD DE LAS CONDES; ( artículo vigésimo primero ) pdf
Al Presidente le corresponderá  la iniciativa más directa en las actividades de la Corporación, y, además de los señalados en el Artículo decimo sexto, tendra los siguientes deberes y atribuciones; a) Presidir las Asambleas Generales de Socios y el Directorio; b) Representar judicial y extrajudicial a la Corporación, quedando facultado para que en el ejercicio de esta atribución pueda conferir poderes para que dicha representación se ejerza a su nombre ; c) Firmara los documentos oficiales de la entidad; d) Ejercitar la supervigilancia de todo lo concerniente a la marcha de la Institución y la fiel observancia del Estatuto, de las disposiciones legales pertinentes y de los acuerdos de las Asambleas Generales y del Directorio; y e) Ejercer todos los derechos que las leyes, reglamentos y este Estatuto le otorgan DECRETO 1528 QUE APRUEBA ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN DE EDUCACIÓN Y SALUD DE LAS CONDES; ( artículo vigesimo tercero ) pdf
EL Director General de Salud tendrá los siguientes deberes y atribuciones; a ) Formular y proponer al directorio para su aprobación el Programa y el presupuesto anual del área a su cargo, documento que deberá concoer también el Secretario General ; b) Administrar dirigir y ejecutar los programas y presupuestos en el área de salud; c) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General de Socios que el Directorio le encomiende, como asismismo los acuerdos del Directorio dentro de su área; d) Cumplir los convenios de traspasos existentes; e) Representar a la Corporación ante organismos sectoriales, sean públicos o privados. Dicha representación se entiende sin perjuicio dela que legalmente le corresponde al Presidente de la Corporación;  f) Dar oportunamente toda la información que requiere el Directorio, respecto al funcionamiento de su área; g) Rendir cuenta trimestralmente al Directorio de su gestión administrativa DECRETO 1528 QUE APRUEBA ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN DE EDUCACIÓN Y SALUD DE LAS CONDES; (Titulo QUINTO, artículo vigesimo septimo ) pdf
EL Director General de Educación de la Corporación:  Sus deberes y atribuciones don los indicados en el artículo veintisiete precedente, referidas al área de la Educación DECRETO 1528 QUE APRUEBA ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN DE EDUCACIÓN Y SALUD DE LAS CONDES; (Titulo QUINTO, artículo vigesimo noveno ) pdf
Del Secretario General; El Secretario General en su calidad de superior Jerárquico tiene como objetivo la dirección, administración y coordinación de las tareas administrativas de la Corporación, con arreglo a los acuerdos del Directorio y actuar en todo aquello que el Directorio le encomiende, para dar cumplimiento de sus finalidades específicas.
Será el Ministro de fe y certificará los actos y decisiones de sus organismos directivos.
 El Secretario General en su calidad de Superior Jerárquico de la unidad de apoyo, tendrá los siguientes deberes y atribuciones:
Ø Dirigir, administrar  y coordinar  de acuerdo a las políticas del Directorio y las Direcciones Generales las labores de carácter  económico y administrativo que la Corporación lleva a cabo para el cumplimiento de sus finalidades.
Ø Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar las actividades de apoyo administrativos que le soliciten las Direcciones de  Salud y Educación para el mejor cumplimiento de sus respectivos programas.
Ø Informar oportunamente de las actividades realizadas por la Secretaria a su cargo, a petición de Directorio.
Ø Formular y proponer al Directorio, para su aprobación el programa y el presupuesto anual del área a su cargo.
Ø Llevar el inventario general de todos los bienes de la propiedad de la Corporación.
Ø Colaborar con el Directorio y con las Direcciones de Educación y Salud en la administración del personal y pagar oportunamente sus remuneraciones.
Ø Rendir cuenta trimestralmente al directorio de su Gestión Administrativa.
Ø Llevar el registro general de los socios de la Corporación.
Ø Custodiar los fondos, títulos y valores de la Corporación, para lo cual podrá requerir de las respectivas áreas, la información correspondiente.
Ø Velar por la mantención, reparación y conservación de los bienes  muebles o inmuebles de propiedad de La Corporación de acuerdo al programa previamente establecido para las respectivas áreas.
Ø Controlar debidamente los ingresos y gastos de los fondos sociales y supervigilar la Contabilidad de La Corporación.
Para efectos de las facultades administrativas del Secretario General se entenderá, también por actividades de apoyo las siguientes:

a) El registro, control e información de la ejecución de los programas presupuestarios de cada área, en los diferentes centros de costos-colegios, consultorios médicos, etcétera, y de los ítems correspondientes.
b) Informar, cotizar y adquirir los bienes o insumos que soliciten las direcciones generales de Educación y Salud.
c) Contratar al personal de acuerdo a instrucciones que impartan las direcciones de Educación y Salud y a solo requerimiento el apoyo administrativo necesario, para la ejecución de los respectivos programas anuales.
DECRETO 1528 QUE APRUEBA ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN DE EDUCACIÓN Y SALUD DE LAS CONDES; (Titulo QUINTO, artículo trigesimo  primero ) pdf
OTRAS UNIDADES INTERNAS;  VER DOCUMENTO ENLACE ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL ORGANISMO Y DE SUS UNIDADES INTERNAS Resolucion de Secretaria General Nº 689 que aprueba cuerpo normativo que indica, de fecha 30 de Octubre de 2013 pdf

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